ESTRÉS- ES REALMENTE UNA CAUSA DE DESPIDO LABORAL?

| tomado de codigosanluis.com |
Una de las palabras mas comunes en el ámbito laboral actualmente es Estrés, sin embargo antes de ahondar en el tema es importante conocer a grandes rasgos la definición de este vocablo.
Proviene del griego "stringere" que significa provocar tensión, el medico y fisiólogo astrohungaro Hans Seyle propuso la definición de estrés como " una respuesta general del organismo ante cualquier situación estresante",Dolan et al afirman que el estrés se produce cuando la persona es incapaz de responder de forma adecuada a los estímulos provenientes de su entorno, y cuando lo consigue es a costa del bienestar de su organismo.
También se ha hecho una división de esta condición:
Eustres o estrés positivo: es un estado en el que el individuo logra movilizarse en torno a un aspecto motivador y creativo que lo lleva a afrontar retos sin tener repercusiones negativas en su organismo.
Distrés o estrés negativo: situaciones y experiencias personales desagradables con efectos negativos para la salud y el bienestar.
Ahora bien si hablamos de estrés laboral podemos remitirnos a constructos de diversas fuentes entre ellos:
El desequilibrio entre las aspiraciones de un individuo y la realidad de sus condiciones de trabajo., mientras para la Comisión Europea en 1999 " el estrés relacionado con el trabajo puede definirse como el conjunto de reacciones emocionales, cognitivas, fisiológicas y del comportamiento a ciertos aspectos adversos o nocivos del contenido, la organización o el entorno de trabajo. Es un estado que se caracteriza por altos niveles de excitación y angustia, con la frecuente sensación de no poder hacer frente a la situación”.
Todos los exponentes del tema coinciden en que sus síntomas afectan la salud psicológica y física del trabajador, e interfiere en la vida personal, familiar, laboral y social llegando en ocasiones a tener finales como la muerta.
Para ejemplificar mejor este caso, se hará mención a una noticia publicada por el diario Semana el 13 de Julio de 2010, un articulo llamado el estrés no es causal de despido.
La situación corresponde a una trabajadora de una entidad bancaria quien inicio labores en el año 2004 en el cargo de analista de incidencia de problemas, la afectada al tiempo que trabajaba cursaba una especialización la cual debió abandonar debido al estrés que estaba manejando, aun asi durante 7 meses después estuvo presentando quebrantos de salud, entre ellos disminución notoria de peso, insomnio, depresión y agotamiento tanto físico como mental, condición que fue ratificada por se Eps al ser remitida por Psiquiatría.
El dictamen final se le presento al empleador y la paciente solicito vacaciones como método para aliviar su problema, sin embargo su petición fue negada y a cambio recibió un despido.
La mujer demando ante la corte constitucional este atropello, la cual aclarando que no es su competencia directa mediar en este tipo de procesos si la amparo refiriendo algunas consideraciones al respecto:
“la estabilidad laboral puede tener diversos grados, entre los cuales se encuentra la estabilidad laboral reforzada a favor de sujetos que por su estado de debilidad manifiesta son merecedores de una especial protección del Estado, para lo cual la acción de tutela se torna procedente”
“se considera entonces que cuando un trabajador sufre una disminución en su estado de salud, el empleador está en la obligación de proceder a su re ubicación”
A pesar de esto la sentencia solo cobijo a la trabajadora por 4 meses en los cuales ella debe tramitar su problema ante justicia laboral de lo contrario perderá los beneficios.
Aun así la entidad bancaria negó el retorno de la ex-empleada y ademas esta cobrando un dinero que la misma quedo debiendo a la entidad por concepto de un préstamo.
Finalmente se concluye que el estrés no puede considerarse como una causal justa de despido ya que el trabajador con esta condición se convierte en un ser vulnerable que se debe acoger a la protección del estado, también que para poder hacer efectivo esto se debe acudir a la justicia laboral para conseguir efectos mas seguros en el acatamiento de las sentencias por parte de los empleadores.
Fuentes:
Arias F, González M. 2009. Estrés, Agotamiento Profesional (burnout) y Salud en Profesores de Acuerdo a su Tipo de Contrato. Cienc Trab. JulSep; 11 (31): 172-176).
El estress no es causal de despido (13 julio 2010).semana.com. Recuperado de http://www.semana.com/nacion/articulo/el-estres-no-causal-despido/119091-3
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