A continuación el código Sustantivo del trabajo Articulo 62 Terminacion de contrato por justa causa. "El numeral 15 tarata la justa causa de cancelación de contrato por motivo de enfermedad contagiosa o crónica que no tenga origen profesional y no pueda ser superada en 180 días.! Código Sustantivo del Trabajo Artículo 62. Terminación del contrato por justa causa CST Artículo 62 Colombia Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo: A). Por parte del {empleador}: 1. El haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido. 2. Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el {empleador}, los miembros de su familia, el persona...
Entradas más populares de este blog
¿Puedo ser despedido producto de una enfermedad? Sí. En principio, el Código Sustantivo del Trabajo establece en el artículo 63, dentro de las causales de despido por justa causa, en el numeral 15 que será justa causa de despido de manera unilateral por parte del empleador: “La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad”. ¿Pueden despedirme por cualquier tipo de enfermedad? No, el despido por enfermedad debe ser por una enfermedad de origen común, es decir, aquella que no tiene su origen en la actividad laboral del trabajador . Esta debe ser: Crónica, contagiosa o debe imposibi...
Comentarios
Publicar un comentario